Revisar la salud de los edificios es una tarea obligatoria en el caso de los edificios de uso residencial.
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La ITE, es la inspección por la que tiene que pasar todo edificio con una antigüedad determinada con el fin de valorar si reúne todos los requisitos de seguridad.
Debido a su gran importancia se trata de un procedimiento regulado por ley, en concreto en el Real Decreto Ley 8/2011 de 1 de julio.
Su objetivo es el mantenimiento preventivo para garantizar que el edificio cuenta con las condiciones de seguridad, habitabilidad y salubridad necesarias. La ITE informa sobre el estado de conservación del edificio e indica las obras a acometer en caso de que la inspección no sea favorable.
A partir de 2013, con la entrada en vigor de la Ley 8/2013 de Rehabilitación, Regeneración y Renovación urbanas, la ITE pasó a ser la IEE, el Informe de Evaluación de Edificios, más completo. Incluye el certificado de accesibilidad, el certificado de eficiencia energética y la inspección técnica del edificio (ITE).
En este artículo nos referiremos a la ITE por ser un concepto más utilizado y conocido por los ciudadanos.
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CUÁNDO TIENE QUE PASAR LA ITE UN EDIFICIO
El marco legal establece que deberán pasar la Inspección Técnica de Edificios todas aquellas construcciones con una antigüedad superior a los 50 años que, además, estén destinadas al uso residencial en municipios que superen los 25.000 habitantes.
El Real Decreto Ley 8/2011 de 1 de julio establece el marco común, aunque en algunas comunidades autónomas pueden existir variaciones, ya que pueden determinar ellas mismas los plazos y requisitos para llevar a cabo la ITE.
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QUIÉN REALIZA LA ITE
Aunque la Inspección Técnica de Edificios debe ser realizada por arquitectos, arquitectos técnicos o aparejadores, son los propietarios del inmueble quienes deben contratar a una empresa encargada de realizar estas inspecciones.
Una vez superada la ITE, se acreditará que el edificio está en perfectas condiciones durante una década, pero en caso de no resultar apta, la vigencia de la misma será inferior.
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EN QUÉ CONSISTE LA ITE
Como hemos comentado anteriormente un técnico facultativo es la persona encargada de evaluar el estado del edificio.
Llevará a cabo una inspección visual y una toma de datos sobre los aspectos estructurales y de conservación.
Debe inspeccionar el estado de la cimentación y la estructura, las fachadas y las medianeras, la estanqueidad y las cubiertas, así como las instalaciones generales de fontanería y los saneamientos.
También revisa todos los elementos que afecten a la salubridad, accesibilidad y ornato público, además de garantizar que se cumplen las condiciones de seguridad y que, por tanto, no hay riesgo para las personas y bienes, no se atenta contra la higiene y la salud pública y no se afecta a la imagen urbana.
Pese a que la Inspección Técnica del Edificio se realiza de manera visual, en el caso de que se detecten deficiencias, el profesional ha de proponer todas las pruebas que considere necesarias para los elementos afectados.
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PRECIO DE LA ITE
El importe para pasar la ITE no está regulado por ley, por lo que será el profesional que realice la misma quien establezca el coste de sus honorarios.
Las labores de rehabilitación que se desprendan de la ITE son las que suponen la mayor inversión por parte de los propietarios. Estas tareas de reparación o mantenimiento, son el resultado de la calificación obtenida en el informe, que puede evaluar al edificio como:
- Sin deficiencias.
- Con deficiencias leves.
- Con deficiencias graves.
- Con deficiencias muy graves.
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MULTAS POR NO PASAR LA ITV
No cumplir los plazos para la presentación de la ITE puede acarrear diferentes sanciones reguladas por las ordenanzas municipales de cada Ayuntamiento, que podrían ascender hasta los 6000€.
Además de multa monetaria puede conllevar otras consecuencias como la denegación de la hipoteca o la paralización de la venta de la vivienda.
Si se da el caso de que algún propietario se niega a realizar las reformas oportunas el proceso podría alargarse en el tiempo, y si se pasa de los plazos establecidos podría acarrear a nuevas multas. Aunque exista negativa de algún vecino, la inspección técnica se terminaría realizando mediante el requerimiento de un mandamiento judicial, pero el pago de la multa sería asumido por todos los propietarios.